INMIGRACIÓN: Lic. Billy Tecún explica la “Acción Diferida”

¿Quiénes son elegibles para recibir beneficios de la acción diferida decretada por el Presidente Barack Obama el pasado 15 de junio? ¿Que documentos deben reunir? ¿Que crímenes descalifican al solicitante? ¿Quienes recibirán permisos de trabajo? ¿Que ocurre si no califican? ¿Como evitar el fraude?
Como se sabe, la “Acción Diferida” decretada por la administración Obama, permitirá el cese de deportaciones de jóvenes indocumentados y les brindará la oportunidad de obtener un permiso de trabajo con la condición de que reúnan los siguientes requisitos: haber llegado a los Estados Unidos antes de los 16 años, tener menos de 30 años de edad, haber vivido en el país cinco años consecutivos, ser estudiante, poseer un Diploma o GED, y haber servido en las Fuerzas Armadas dignamente.
Uno de los requisitos más estrictos es que los solicitantes no deben haber sido convictos de una felonía, un crimen menor significante o tres crímenes menores. El solicitante que haya sido condenado por al menos un solo delito mayor “no calificará.
“Tener un cargo de conducir bajo la influencia del alcohol es suficiente para que el juez niegue el beneficio. Otros cargos incluyen ser encontrado culpable de poseer armas ilegales de fuego, poseer drogas, violencia domestica, abuso sexual, y robo a mano armada”, “Tampoco calificará aquella persona que sea considerada como un peligro a la seguridad nacional tal y como un pandillero o narcotraficante”.
El solicitante con tres faltas menores, aquellas que según la ley conllevan una pena de cárcel inferior a un año, tampoco calificará. Ser encontrado conduciendo sin licencia una vez no es suficiente para ser descalificado, sin embargo, tres faltas similares si son suficientes.
“Es muy importante ser honesto al momento de solicitar el beneficio ya que al tomar las huellas dactilares todo aparece. Intentar mentirle a un juez y ser cachado es suficiente para no calificar”.
Sin embargo existen cientos de miles de personas que se verán beneficiados. Para ellos, el consejo primordial es comenzar a reunir los documentos que avalen haber estado en el país antes de los 16 años, y cuenten con sus  papeles de la escuela.
“Tampoco quieran pasarse de listos comprando actas de nacimiento falsas o falsificando documentos escolares. Recuerden, las autoridades federales son muy listas y es mejor no calificar y esperar hasta que exista una opción viable a que sean encontrados cometiendo fraude, entonces tendrán mayores problemas”.Las autoridades aplicarán las reglamentaciones existentes de Notificación de Comparecencia en caso de que los casos sean denegados. Aquellos que sean beneficiados podrán recibir un permiso de trabajo siempre y cuando demuestren tener necesidades económicas, dijo. El permiso de trabajo podrá ser renovado cada dos años siempre y cuando la persona no tenga problemas con la ley.
Deben  tener mucho cuidado al momento de intentar adquirir el beneficio. Acudir a un abogado de confianza con experiencia en el ramo es recomendable.
“No tengan pena en cuestionar al abogado. ¿Cuánto tiempo ha estado trabajando? ¿Cuál es su número de barra de abogado? Pidan referencias. Sean muy cautelosos, no se confíen tan fácilmente. Por todos lados verán ofertas y por todos lados habrá gente ofreciendo los servicios, pero tengan muchísimo cuidado, recuerden, su futuro legal está en juego. Si el abogado no parece muy confiable, retírense de inmediato”. “Si el abogado no habla su idioma vaya con alguien que si lo hable. No firme nada que no entendió. No es necesario tener un abogado pero si le evitará posibles contratiempos”.
Las personas que crean califican y estén a punto de ser removidos del país vía la deportación o fueron detenidos por inmigración deben comunicarse de inmediato al Centro de Asistencia en el Cumplimiento de la Ley al 1-855-448-6903 o con la Oficina del Defensor Publico de ICE al 1-888-351-4024.
“La administración aun no ha tomado decisión alguna sobre si estos cambios resultarán en un permiso para viajar. Al igual, el formato y los reglamentos para empezar este proceso aun se están determinando. En las próximas semanas tendremos más información, es recomendable estar atento”.
Para más información, visite http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es.

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