INMIGRACIÓN: Lic. Billy Tecún explica la “Acción Diferida”
¿Quiénes son elegibles para recibir beneficios de la
acción diferida decretada por el Presidente Barack Obama el pasado 15 de junio?
¿Que documentos deben reunir? ¿Que crímenes descalifican al solicitante?
¿Quienes recibirán permisos de trabajo? ¿Que ocurre si no califican? ¿Como
evitar el fraude?
Como se sabe, la “Acción Diferida” decretada por la
administración Obama, permitirá el cese de deportaciones de jóvenes
indocumentados y les brindará la oportunidad de obtener un permiso de trabajo
con la condición de que reúnan los siguientes requisitos: haber llegado a los
Estados Unidos antes de los 16 años, tener menos de 30 años de edad, haber
vivido en el país cinco años consecutivos, ser estudiante, poseer un Diploma o
GED, y haber servido en las Fuerzas Armadas dignamente.
Uno de los requisitos más estrictos es que los
solicitantes no deben haber sido convictos de una felonía, un crimen menor
significante o tres crímenes menores. El solicitante que haya sido condenado
por al menos un solo delito mayor “no calificará.
“Tener un cargo de conducir bajo la influencia del
alcohol es suficiente para que el juez niegue el beneficio. Otros cargos
incluyen ser encontrado culpable de poseer armas ilegales de fuego, poseer
drogas, violencia domestica, abuso sexual, y robo a mano armada”, “Tampoco
calificará aquella persona que sea considerada como un peligro a la seguridad
nacional tal y como un pandillero o narcotraficante”.
El solicitante con tres faltas menores, aquellas
que según la ley conllevan una pena de cárcel inferior a un año, tampoco
calificará. Ser encontrado conduciendo sin licencia una vez no es suficiente
para ser descalificado, sin embargo, tres faltas similares si son suficientes.
“Es muy importante ser honesto al momento de
solicitar el beneficio ya que al tomar las huellas dactilares todo aparece.
Intentar mentirle a un juez y ser cachado es suficiente para no calificar”.
Sin embargo existen cientos de miles de personas
que se verán beneficiados. Para ellos, el consejo primordial es comenzar a
reunir los documentos que avalen haber estado en el país antes de los 16 años,
y cuenten con sus papeles de la escuela.
“Tampoco quieran pasarse de listos comprando actas
de nacimiento falsas o falsificando documentos escolares. Recuerden, las
autoridades federales son muy listas y es mejor no calificar y esperar hasta
que exista una opción viable a que sean encontrados cometiendo fraude, entonces
tendrán mayores problemas”.Las autoridades aplicarán las reglamentaciones
existentes de Notificación de Comparecencia en caso de que los casos sean
denegados. Aquellos que sean beneficiados podrán recibir un permiso de trabajo
siempre y cuando demuestren tener necesidades económicas, dijo. El permiso de
trabajo podrá ser renovado cada dos años siempre y cuando la persona no tenga
problemas con la ley.
Deben tener
mucho cuidado al momento de intentar adquirir el beneficio. Acudir a un abogado
de confianza con experiencia en el ramo es recomendable.
“No tengan pena en cuestionar al abogado. ¿Cuánto
tiempo ha estado trabajando? ¿Cuál es su número de barra de abogado? Pidan
referencias. Sean muy cautelosos, no se confíen tan fácilmente. Por todos lados
verán ofertas y por todos lados habrá gente ofreciendo los servicios, pero
tengan muchísimo cuidado, recuerden, su futuro legal está en juego. Si el
abogado no parece muy confiable, retírense de inmediato”. “Si el abogado no
habla su idioma vaya con alguien que si lo hable. No firme nada que no
entendió. No es necesario tener un abogado pero si le evitará posibles
contratiempos”.
Las personas que crean califican y estén a punto de
ser removidos del país vía la deportación o fueron detenidos por inmigración
deben comunicarse de inmediato al Centro de Asistencia en el Cumplimiento de la Ley al 1-855-448-6903 o con la Oficina del Defensor
Publico de ICE al 1-888-351-4024.
“La administración aun no ha tomado decisión alguna
sobre si estos cambios resultarán en un permiso para viajar. Al igual, el
formato y los reglamentos para empezar este proceso aun se están determinando.
En las próximas semanas tendremos más información, es recomendable estar atento”.
Para más información, visite
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis-es.
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