Perdón I-601A


Preguntas frecuentes sobre el perdón I-601A que se podrá registrar dentro de los Estados Unidos a partir del 4 de Marzo 2013:
NOTA: Toda la información en este documento es solamente para las siguientes personas:
-FAMILIARES IMMEDIATOS DE CIUDADANOS ESTADOUNIDENSES: Cónyuges, hijos solteros menores de 21 años, y padres de hijos mayores de 21 años de ciudadanos estadounidenses.

-Personas que al buscar su residencia necesitan seguir un proceso consular porque no ingresaron con inspección ni tampoco tienen la protección de la 245(i)

USCIS = Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos
I-601 A = Un nuevo formulario que será utilizado para registrar el perdón por los castigos de los 3 y 10 años dentro de los Estados Unidos.
245 (i) = Una sección de ley que permite a personas que registraron sus peticiones familiares antes de Abril 30, 2001 y que residen en el país desde antes de Diciembre 20, 2000 a poder recibir su residencia aquí en el país sin tener que recibir un castigo por haber vivido en el país sin un status migratorio.
OJO:
- Si usted tiene la protección de la 245(i) usted no necesita beneficiarse bajo este nuevo cambio en el proceso de los perdones para los castigos de los 3 y 10 años.

- Si usted ingreso con inspección/con una visa al país tampoco necesita beneficiarse bajo este nuevo cambio en el proceso de los perdones para los castigos de los 3 y 10 años.

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